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El FEGA establece la tasa de reembolso provisional 2107 en el 1,38%

Fega

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El Fondo Español de Garantía Agraria,ha establecido el coeficiente provisional de reembolso de la disciplina financiera aplicada en el ejercicio financiero 2017, a aplicar a los pagos superiores a 2.000 euros, para aquellos beneficiarios sujetos a la reducción de la disciplina financiera en el ejercicio financiero 2018.

Se ha acordado establecer una tasa de reembolso provisional de la disciplina financiera del ejercicio financiero 2017, a aplicar a los pagos superiores a 2.000 EUR a efectuar a partir del 1 de diciembre de 2017 para aquellos beneficiarios sujetos a la reducción de la disciplina financiera en el ejercicio financiero 2018, estimada en un 1,38%.

Basándose en la estimación de los pagos a efectuar en la campaña 2017, teniendo en cuenta los nuevos techos presupuestarios en dicha campaña, así como los pagos pendientes de campañas anteriores, el FEGA ha calculado un coeficiente provisional de reembolso de la disciplina financiera aplicada en el ejercicio financiero 2017, a aplicar a los pagos superiores a 2.000 EUR a los beneficiarios finales que estén sujetos al porcentaje de ajuste en el ejercicio financiero 2018, incluidos los que se abonen en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Visto en AsajaJaén

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