Desde ayer día 1 de Febrero esta abierto el plazo para solicitar las ayudas de la Pac 2013, (Politica Agraria Común), las ayudas de la Unión Europea y que si se aprueba su adelanto, como viene siendo habitual los últimos años, se empezaran a pagar a útimos del mes de Octubre de este 2013, sobre el día 20- 25. En estas fechas se abona un adelanto del 50% y a partir del mes de Diciembre el otro 50% restante.
La finalización del plazo para presentar la solicitud única acabará el 30 de Abril de este año, no obstante, …
debéis tener en cuenta que estos plazos se pueden ver recortados en función de desde donde se realize la solicitud, por ejemplo las cooperativas agrarias suelen cerrar el plazo algunos días antes, es mejor que cada uno pregunte que plazo tiene de finalización en función del lugar en el que realize la solicitud, sea banco o caja, cooperativa o organizaciones agrarias, que dicho sea de paso, estas últimas, cada vez más se dedican ha hacer labores propias de gestorías que ha defender, a reivindicar los derechos de los agricultores, ¡claro que el “trapicheo” con los papeles deja más dinero que las reivindicaciones y las protestas!
Según fuentes oficiales, en 2012 se presentaron 929.576 solicitudes, de las que 93% ya han recibido ya el pago, 4.690 millones de euros. El periodo oficial os recuerdo que va desde el 1 de Diciembre de un año hasta el 30 de junio del siguiente.
Existen algunos casos en los que el plazo se abrió antes y son los relacionados con las cesiones de derechos entre particulares que se inició el pasado 1 de noviembre y finalizará el próximo 19 de marzo, excepto las que se trata de cesiones por herencia, fusión, escisión, cambio de denominación, jubilaciones o programas de cese anticipado, en cuyo caso se podrán comunicar hasta el 30 de abril.
Como novedad, esta campaña, para los recintos de pastos si presentan características que impidan un aprovechamiento total por parte del ganado por la presencia de elementos improductivos o pendientes elevadas, se les ha asignado en el Sigpac un coeficiente que refleja el porcentaje de “admisibilidad” de dicha finca. De este modo, su superficie admisible máxima, para el cobro de los regímenes de ayudas directas, será la superficie del recinto multiplicada por dicho coeficiente.