El Gobierno aprueba la ley para favorecer la integración cooperativa. La ley impulsa un modelo cooperativo empresarial, profesionalizado, generador de valor y establece la figura de la Entidad Asociativa Prioritaria de ámbito supraautonómico, para mejorar su estrategia empresarial.
El Congreso de los Diputados aprobó este pasado día 17 la Ley de fomento de la integración cooperativa y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario, con el respaldo de la gran mayoría de los grupos políticos del parlamento, lo que supone un fuerte impulso y avance hacia un nuevo modelo cooperativo en España.
Con esta nueva ley, fruto del consenso y el diálogo con las cooperativas agroalimentarias de España, las organizaciones profesionales agrarias y las Comunidades Autónomas, se impulsa un modelo cooperativo empresarial, profesionalizado, generador de valor y con dimensión relevante. De esta forma, se contribuye a la sostenibilidad del sector agroalimentario y, especialmente, al mantenimiento y desarrollo de la economía del medio rural.
En España, el asociacionismo agrario en general, y las cooperativas en particular, contribuyen a la vertebración del territorio al dar continuidad a la actividad agraria, con lo que fomentan el empleo rural y el desarrollo económico y social de las zonas rurales.
Cuenta con cerca de 4.000 entidades y más de un millón de socios, con una facturación de 18.797 millones de euros en 2012, dando empleo directo a cerca de 100.000 trabajadores.
No obstante, el sector se caracteriza por una elevada atomización, lo que provoca que las cooperativas no vean rentabilizados sus esfuerzos e inversiones. En la actualidad, ninguna cooperativa española está entre las veinticinco más grandes de la Unión Europea, lo que hace necesario impulsar reformas estructurales de calado para conseguir su redimensionamiento.
Para conseguir mayor competitividad, modernización e internacionalización, se hace imprescindible impulsar medidas que fomenten la concentración de la oferta en origen y que potencien la creación de grupos comercializadores de base cooperativa y dimensión supraautonómica, capaces de operar a lo largo de toda la cadena agroalimentaria, en los mercados nacionales e internacionales.
Precisamente el impulso y fomento de la integración cooperativa constituye un eje prioritario de actuación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Para ello, el Ministerio ha impulsado la Ley de fomento de la integración cooperativa y otras entidades asociativas de carácter agroalimentario, cuyo principal objetivo es mejorar la estructuración de la oferta y fomentar la fusión e integración de productores y entidades para la constitución o ampliación de entidades asociativas de carácter agroalimentario de ámbito supraautonómico.
Otro de los instrumentos que ofrece la ley es la articulación de un Plan Estatal de Integración Asociativa, para coordinar las políticas de fomento asociativo del Ministerio con las Comunidades Autónomas, en colaboración con el sector, con el fin de aunar esfuerzos y eliminar las medidas que puedan conducir a la dispersión de la oferta.
Asimismo, la nueva norma introduce modificaciones en la Ley de Cooperativas de 1999 y la Ley sobre régimen fiscal de las Cooperativas de 1990, dirigidas a contribuir y facilitar el desarrollo cooperativo en España, mediante la ampliación de sus fines y actividades.
FINES DE LA LEY
Concretamente, la Ley de integración cooperativa tiene entre sus fines fomentar la integración de los productores en sociedades cooperativas agroalimentarias, en organizaciones de productores, en sociedades agrarias de transformación u otras entidades en el ámbito agroalimentario.
También favorece la agrupación de los primeros eslabones que conforman la cadena alimentaria, mediante la integración de las entidades asociativas o su ampliación.
Asimismo, mejora la capacitación y formación de los responsables de la gestión de dichas entidades, y contribuye a la mejora de la renta de los productores agrarios integrados en las entidades asociativas.
Por otra parte, la ley considera como beneficiarios las entidades asociativas prioritarias, las entidades integradas en una entidad asociativa prioritaria y los productores agrarios pertenecientes a las mismas.
La norma establecen también los requisitos para ser entidad asociativa prioritaria, como son, entre otros:
- Ser sociedades cooperativas, cooperativas de segundo grado, grupos cooperativos, sociedades agrarias de transformación, organizaciones de productores y entidades civiles o mercantiles, siempre que más del 50% de su capital social pertenezca a sociedades cooperativas, a organizaciones de productores o a sociedades agrarias de transformación.
- Tener implantación y un ámbito de actuación económico de carácter supraautonómico.
- Llevar a cabo la comercialización conjunta de la totalidad de la producción aportada por los socios de las diferentes entidades que la componen, al menos la cantidad que reglamentariamente se establezca.
Según la ley, este tipo de entidades tendrán prioridad en la obtención de ayudas y beneficios en materia de inversiones destinadas a mejorar los procedimientos de gestión y comercialización, en el acceso a actividades formativas y de cooperación, en materia de internacionalización, promoción, I+D+i, y nuevas tecnologías; y en el acceso a las líneas ICO de financiación preferente, entre otras.
Fuente: Ministerio agricultura