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Pac 2014, la transición a la nueva Pac

Pac 2014

La Pac 2014 es la última con el sistema anterior, será la transición a la Pac que comenzara´ a partir del 2015. Una de las primeras modificaciones ha sido el cambio de fecha para la Transferencia de Derechos de Pago Único que habitualmente venía empenzando el 1 de Noviembre. Este me de octubre pasado (día 3) se publicó en el BOE una nueva Orden Ministerial sobre el plazo de comunicación de cesiones de derechos de pago único.

 

Que  para la campaña 2014 el período de comunicación de las cesiones de derechos de ayuda (compraventas y arrendamientos) comenzará el mismo día de inicio del plazo de presentación de solicitud única 2014 (fecha probable uno de marzo 2014) de los pagos directos y finalizará seis semanas antes del término de dicho plazo de presentación (15 de mayo) . Para el resto (fusiones, cambios de denominación, escisiones…) coincidirá con el plazo de presentación de la solicitud única.

La Pac 2014 será un año de transición entre la PAC actual y la PAC reformada, ya que tanto la normativa comunitaria como el Marco Financiero Plurianual aún están pendientes de aprobación y podrían suponer una modificación del valor de los derechos de dicha campaña.
De esta forma el Ministerio pretende anticiparse a los cambios que establezca la normativa comunitaria en el año de transición hacia la Reforma de la PAC, que será de aplicación desde el 2015 hasta el 2020,
En cualquier caso, el nuevo Marco Financiero Plurianual, por el que se establece el nuevo presupuesto de aplicación en el año 2014, y que será aprobado en los próximos meses, supondrá una modificación del valor de los derechos de pago único en dicha campaña, por lo que será necesario realizar, si procede, los ajustes derivados de la aplicación del nuevo presupuesto en 2014 en el valor de los derechos de pago único, una vez se publique la normativa comunitaria al efecto, según dice la orden que adjunto al pie.
Por este motivo, en la campaña 2014 se considera necesario sincronizar los calendarios de comunicación de cesiones de derechos de pago único con el de presentación de la solicitud única, con objeto de esperar a que esté publicada la normativa comunitaria que regulará las ayudas en dicha campaña y evitar situaciones de inseguridad jurídica derivadas de cesiones que se pudieran presentar antes de una eventual modificación presupuestaria en la reglamentación comunitaria que pueda afectar a los derechos de pago único.
Salvo que por Reglamento comunitario se establezca otra cosa, el inicio del plazo de comunicación de las cesiones de derechos a que se refiere el artículo 29.2 del Real Decreto 1680/2009, coincidirá con el de presentación de la solicitud única para 2014 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería regulados en el Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, y finalizará seis semanas antes del término de dicho plazo de presentación.En la tramitación de esta orden han sido consultadas las comunidades autónomas y entidades representativas de los sectores afectados; según el ministerio..Boe de la modificación de los plazos

Descargar (BOE-A-2013-10301.pdf)

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