Sep 14

Primer pago de la Pac 2015

ministerio agricultura

ministerio agricultura

Aunque este año había bastantes dudas sobre si se produciría un adelanto de la Pac 2015,(estas solicitudes presentadas corresponden al 2016), principalmente debido a la complejidad del nuevo sistema y al recálculo de cantidades, parece que sí se pagará el adelanto, como ha ocurrido en los últimos años. Bruselas ya lo autorizó, como es sabido, este es un paso preceptivo para que se pueda producir ese anticipo.

En este sentido, el día 10 de Septiembre, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), Organismo Coordinador de los 18 organismos pagadores de toda España, se reunieron en Madrid con los directores de 11 organismos pagadores de varios Estados miembros, en una reunión informal conocida como Learning Network.

Un encuentro del Comité de Dirección (Steering Group) de la Learning Network, que se reúne normalmente en Bruselas, y que gracias a la labor del Ministerio, se ha celebrado en la sede del FEGA, con la participación por videoconferencia de la Comisión Europea.

Durante el encuentro se han analizado las experiencias de los organismos pagadores en relación con las solicitudes de las ayudas de la PAC presentadas en esta campaña 2015, el pago del anticipo de las ayudas a partir del 16 de octubre, los avances en la simplificación y la condicionalidad.

También se han abordado otros asuntos como  los costes de los controles y temas relevantes a tratar en la Conferencia de Directores de Organismos Pagadores a celebrar en Bruselas el 29 de septiembre de 2015.

LEARNING NETWORK

La Learning Network comenzó sus reuniones en 2009 como una “coalición de voluntades” con el papel activo de 9 Estados Miembros, entre ellos España. Hoy día asisten voluntariamente representantes de todos los Estados Miembros donde se plantean y discuten los temas más importantes relacionados con la gestión de los pagos agrícolas comunitarios, tratando de buscar puntos de encuentro y posiciones comunes para su planteamiento ante las instituciones de la Unión Europea.

También es una plataforma para compartir experiencias, buenas prácticas de gestión y control así como soluciones para los diferentes problemas.

Como novedad en el presente año el importe del anticipo puede llegar hasta el 70% de las cuantías de pago básico y del pago verde o greening, que suponen el grueso de las cantidades a percibir por los agricultores y ganaderos en concepto de ayudas PAC 2015. Igualmente podrán este año ser anticipadas las ayudas complementarias al pago básico para los agricultores jóvenes, aunque todo esto aún está por decidir.

Fuente: MInisterio de Agricultura.

Sep 09

Beneficiarios de la Pac y cuanto percibieron.

Fega

Fega

En el enlace al formulario que hay al pie de la noticia, podréis consultar los datos sobre los beneficiarios de la Pac 2014, de los fondos FEAGA y FEADER. 

Criterios de búsqueda: por nombre o razón social, provincia, municipio, comarca agraria, medida financiada o importe. La nueva PAC para el periodo 2015-2020 ha supuesto una nueva regulación de la transparencia de la información de los beneficiarios de fondos FEAGA y FEADER, contenida en:

  • artículos 111 a 114 del Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, sobre financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común.
  • artículos 57 a 62 del Reglamento de Ejecución (UE) nº 908/2014 de la Comisión de 6 de agosto de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1306/2013, que lo desarrolla.

En cumplimiento de la normativa sobre transparencia anteriormente citada, la información publicada recoge para cada beneficiario:

  • el nombre y apellidos de las personas físicas;
  • la razón social si se trata de personas jurídicas o el nombre completo de la asociación, si el beneficiario es una asociación sin personalidad jurídica;
  • el municipio en el que reside o está registrado el beneficiario;
  • los importes de los pagos correspondientes a cada una de las medidas financiadas por fondos FEAGA y FEADER recibidos durante el ejercicio financiero.
  • La naturaleza y la descripción de las medidas financiadas por cualquiera de los dos Fondos. La descripción de las medidas se encuentran detalladas en el siguiente documento elaborado por la Comisión Europea.

En lo que atañe a los pagos correspondientes a medidas financiadas por el FEADER los importes corresponderán a la financiación pública total, incluidas tanto la contribución de la Unión como la nacional.

Excepciones:

  • En el caso de beneficiarios personas físicas que han percibido en el ejercicio una cantidad igual o menor de 1.250 euros no se publicará su nombre y apellidos y se identificará mediante un código, aunque sí el resto de los datos.
  • Si estos beneficiarios residen o están registrados en un municipio con 10 o menos beneficiarios, lo que facilitaría su identificación, la información correspondiente no aparecerá en ese municipio sino que debe publicarse a nivel de la siguiente mayor entidad administrativa de la que el municipio en cuestión forma parte, que será el de comarca agraria, de acuerdo a la “Comarcalización Agraria de España”, documento del antiguo Ministerio de Agricultura que distribuyó la superficie de España en comarcas agrarias (actualizado en el periodo 2008-2010) y utilizado, así mismo, para definir el Plan de regionalización productiva del Anexo V del REAL DECRETO 1612/2008, de 3 de octubre, sobre aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.
  • Como consecuencia, en la pantalla de consulta, después de seleccionado el ejercicio 2014, es obligatorio indicar, en primer lugar, si el resultado se desea obtener:
    • Por MUNICIPIO [no se muestran los beneficiarios (personas físicas con su nombre y apellidos codificado) con un importe total de ayudas menor o igual a 1.250,00 euros y que sean residentes en Municipios con un nº de beneficiarios de la PAC menor o igual a 10]
    • Por COMARCA AGRARIA [entidad administrativa de rango superior y donde sí se muestran los beneficiarios protegidos a nivel de municipio]

Hemos estado dando vueltas sobre si publicar esta noticia o no, al fin y al cabo solo es un enlace a la página del Fondo Español de Garantía Agraria. Como además estamos hablando de fondos públicos, no debe haber nada de malo en que se sepan. ¡Aunque no faltará el churreto/a que mire lo cobra el cuñado! jajaja.

Acceso al formulario de consulta

Fuente: Fondo Español de Garantía Agraria.

Ago 07

¿Cuántos Andaluces han solicitado la Pac 2015?

Pac 2015

Pac 2015

Los Andaluces que han solicitado la Pac 2015 han sido 270.483 solicitudes de ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC) para la campaña 2015 en Andalucía, de las cuales el 95% corresponden a personas físicas (58% hombres y 37% mujeres) y el 5% restante, con personas jurídicas.

Por provincias, Jaén reúne el mayor número de solicitudes de Andalucía (100.891), por delante de Córdoba y Granada (45.722 y 43.374 peticiones respectivamente). El tercer lugar lo ocupa Sevilla (31.343), a la que siguen Málaga (22.514), Huelva (9.570), Almería (8.662) y Cádiz (8.407).

En esta campaña se aplica por primera vez el nuevo sistema de pagos directos, constituido por:

  • Regímenes de pagos desacoplados (Pago Básico, Pago Verde o Greening y Pago para Jóvenes Agricultores)
  • Ayudas asociadas a los agricultores y ganaderos.

Por regímenes de ayudas, el de Pago Básico es el más solicitado, incluyéndose en el 98% de las solicitudes (265.076) y un total cercano a los 4,2 millones de hectáreas declaradas.

Junto con este régimen, las solicitudes incluyen también la solicitud del pago para prácticas beneficiosas para el clima y el medio ambiente (Pago Verde), si bien alrededor del 80% de las peticiones están exentas de realizar las prácticas de diversificación de cultivos o superficies de interés ecológico por el tamaño de la explotación (menos de 10 hectáreas de tierras de cultivo) o por tratarse de sistemas de Producción Ecológica o de cultivos permanentes. Este porcentaje de solicitudes exentas asciende hasta el 96% en provincias como Jaén y encuentra sus valores más bajos en las provincias de Almería y Cádiz, donde ronda el 50%.

En cuanto al Pago para Jóvenes Agricultores (hasta 40 años), se han presentado 862 solicitudes que proceden en su mayoría de las provincias de Córdoba (194), Jaén (185) y Sevilla (167). A estos territorios les siguen Granada (102), Huelva (62) y Almería (60). Cierran el listado Cádiz, con 55 solicitudes, y Málaga, con 37. Cabe destacar que además de estas ayudas directas, este colectivo recibe también respaldo público a través del Programa de Desarrollo Rural (PDR) de Andalucía, que incluye subvenciones dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores con el fin de fomentar el relevo generacional del campo.

Para percibir estos pagos desacoplados es imprescindible, entre otros requisitos, disponer de derechos de Pago Básico, cuya asignación se realiza en este primer año de aplicación. Al igual que en el periodo anterior, se crea una reserva nacional con el fin de conceder estos derechos a los jóvenes agricultores y agricultores que comiencen su actividad agraria, con carácter prioritario; a los agricultores afectados por causas de fuerza mayor que hayan impedido su acceso a la primera asignación de derechos de pago; y a los agricultores con sentencias que les reconozcan la recepción de derechos de pago o el aumento del valor de los que ya dispongan. El número de solicitudes a la reserva nacional presentadas supera las 500, de las que 302 se corresponden con jóvenes agricultores, 55 con agricultores que comienzan su actividad agraria y 196 con productores afectados por causas de fuerza mayor.

Fuente : Junta de Andalucía.

 

Jun 30

De la Pac 2014-2020, esto lo tienes que saber.

Pac 2014-2020

Pac

De la Pac 2014-2020, esto lo tienes que saber, al menos lo más importante, son unos folletos que ha publicado la Junta de Andalucía para hacernos llegar la información necesaria a todos los agricultores.
Aunque sea un tema muy manido, nunca está de más, así que agradecemos a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural,que haya llevado a cabo esta campaña de difusión sobre los aspectos más destacables de la Reforma de la Política Agraria Común que afectarán a las planificaciones agrícolas en el período 2015 – 2020.
Dentro de esta campaña de divulgación se han distribuido una serie de folletos explicativos dirigidos al sector productor sobre ayudas directas; Asignación de derechos de pago básico; pago por practicas beneficiosas para el medio ambiente y el clima o pago verde (greening), y sobre los requisitos de las ayudas asociadas a determinados sectores con dificultades.

Como parte de esta difusión, dichos folletos se presentan en esta web en formato navegable y formato .pdf para dispositivos móviles. Así mismo, se incluyen el tríptico y los dípticos resumen y pósters publicitarios.

Tienen una presentación muy chula, insertado en Issuu. Fuente: Junta de Andalucia, Conserjería de Agricultura.

Feb 15

Últimas Novedades Pac 2015

Ministra agricultura isabel garcia tejerina

Ministra agricultura Isabel Garcia Tejerina

Seguimos con más entregas de novedades de  la Pac 2015, al final no sé os aclararemos algo o por el contrario conseguiremos liaros del todo ;).

Más allá de los títulos de las noticias, que también, os puede servir de orientación la fecha de publicación, a publicaciones más recientes, novedades más recientes, o podéis mirar el mapa del sitio donde están reflejadas todas las noticias y así poder hacer un análisis/seguimiento global de  todas las publicaciones, que para el caso de las noticias referentes a la Pac 2015, (a la  PAC en general) os puede servir de  mucha ayuda.

Antes de nada, os recordamos que el 1 de Marzo se abre el periodo de presentación de la solicitud única de pagos directos, PAC 2015.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y con la intención de aclarar algunos conceptos y dudas ha incluido en su página web 8 notas técnicas que permiten, con un lenguaje práctico y sencillo de entender, conocer con mayor detalle las novedades que incorpora la aplicación de la “nueva PAC 2015 ” en el régimen de pagos directos a los productores.

Todas las Notas Técnicas pueden descargarse y servir de guía práctica para la toma de decisiones ante el periodo de presentación de solicitud de la Pac 2015.

Con estas fichas se complementa la información sobre  los requisitos incluidos en los Reales Decretos publicados en diciembre y la suministrada en septiembre sobre el “pago verde” o “greening”, lo que permitió una adecuada toma de decisiones a la hora de planificar las siembras de cultivos herbáceos. 

FICHAS TÉCNICAS. (debajo de cada descripción de cada ficha, hay un enlace de descarga correspondiente a cada una de ellas).

La Nota Técnica número 1 introduce el concepto de “agricultor activo y actividad agraria”,que es una de las principales novedades de la PAC en este periodo y que señala cuáles son los requisitos que permiten considerar a un productor como “agricultor activo”.

http://www.magrama.gob.es/imagenes/es/F1%20Agricultor%20activo%20y%20actividad%20agraria%20red_tcm7-362099.pdf

La Nota Técnica número 2 explica qué es el pago básico y cómo se realiza su aplicación a nivel regional.

http://www.magrama.gob.es/imagenes/es/F2%20Asignaci%C3%B3n%20de%20derchos%20de%20pago%20b%C3%A1sico%20red_tcm7-362100.pdf

La Nota Técnica número 3 introduce el concepto de “pago verde” como pago por la realización de prácticas beneficiosas para el clima y el medio ambiente. Detalla asimismo los importes aproximados de cobro y la financiación de esta ayuda.

http://www.magrama.gob.es/imagenes/es/F3%20Pr%C3%A1cticas%20beneficiosas%20para%20el%20clima%20y%20el%20medio%20ambiente%20%20red_tcm7-362101.pdf

En la Nota Técnica número 4 se comentan cuáles son las ayudas acopladas, o asociadas a la producción, que se van a contemplar en este nuevo periodo, así como los importes por sectores destinados a cada una de ellas.

http://www.magrama.gob.es/imagenes/es/F4%20Ayudas%20asociadas%20a%20la%20producci%C3%B3n%20red_tcm7-362102.pdf

La Nota Técnica número 5 explica cuáles son los requisitos para ser considerado “joven agricultor” y qué ayudas establece la PAC para favorecer el relevo generacional en el campo.

http://www.magrama.gob.es/imagenes/es/F5%20J%C3%B3venes%20agricultores%20red_tcm7-362103.pdf

En la Nota Técnica número 6 se señalan las medidas adoptadas para ayudar a preservar la agricultura a tiempo parcial, a través del “régimen de pequeños agricultores”. En la Nota se detallan quiénes son los productores que pueden acceder a este régimen y qué hay que realizar para poder ser incluido.

http://www.magrama.gob.es/imagenes/es/F6%20R%C3%A9gimen%20de%20peque%C3%B1os%20agricultores%20red_tcm7-362104.pdf

La Nota Técnica número 7 recuerda el concepto de Condicionalidad, los beneficiarios que son afectados y las principales medidas de deben respetar los agricultores en beneficio de la seguridad de los alimentos y de protección de los animales y del medio ambiente.

http://www.magrama.gob.es/imagenes/es/F7%20Condicionalidad%20red_tcm7-362105.pdf

Finalmente, la Nota Técnica número 8 incluye una lista de preguntas y respuestas de aplicación de la nueva PAC, reproduciendo situaciones concretas y supuestos prácticos que facilitan la comprensión de la nueva normativa. http://www.magrama.gob.es/imagenes/es/F8%20Preguntas%20y%20respuestas%20red_tcm7-362106.pdf

Fuente: Ministerio de agricultura,  Más información en:

http://www.magrama.gob.es/es/politica-agricola-comun/campania-nueva-pac/

http://www.magrama.gob.es/es/politica-agricola-comun/cronograma-reforma-pac/

Feb 13

Reforma de la Pac 2015-2020, preguntas frecuentes.

monedas de un euro y simbolo de la moneda

Pac 2015

Esta entrada viene a complementar la que ya pusimos sobre las claves de la nueva Pac 2015. Nos ha parecido importante publicar este documento sobre preguntas frecuentes y dudas que pudieran tener en la reforma de la Pac 2015- 2020 y que ha entrado en vigor a partir de este año.

1. ¿Quién puede recibir derechos de pago básico en 2015?

Para que un agricultor pueda recibir una asignación de derechos de pago básico en 2015, debe cumplir tres requisitos:

  •  En 2013 debe haber cobrado algún tipo de pago directo o haber recibido derechos de pago único de la reserva nacional en 2014.
  •  Debe cumplir con el requisito de ser agricultor activo, según los criterios que establezca la normativa nacional para la campaña 2015.
  • Debe presentar una solicitud de ayuda con hectáreas admisibles en 2015.

Además, es necesario tener en cuenta que el número máximo de derechos de pago básico que podrá asignarse a un agricultor será igual al número de hectáreas admisibles que declare en 2015, siempre y cuando no supere a las hectáreas admisibles que declaró en 2013, en cuyo caso, se asignará un número igual a las hectáreas admisibles declaradas ese año.  Es decir, el número de hectáreas admisibles que el agricultor declaró en 2013 constituye su superficie admisible de referencia.

2. ¿Cómo afectan las cesiones de derechos de pago único que se hagan en 2014 sobre la asignación inicial de 2015?

Las cesiones de derechos de pago único que se comunicaron durante el período de cesiones correspondiente a 2014, tendrán efecto sobre la asignación de 2015 para el cesionario (comprador o arrendatario), siempre que formen parte de una compra‐venta o de un arrendamiento de derechos con tierras que comprenda la totalidad o parte de una explotación. El cesionario recibirá, de oficio, el derecho que le hubiera correspondido al cedente (vendedor o arrendador) a recibir derechos de pago básico por haber cobrado pagos directos en 2013. Igualmente recibirá de oficio la referencia de superficie equivalente al número de hectáreas incluidas en la transferencia de tierras realizada.

Además, el importe de los derechos de pago único adquiridos y activados en 2014 por el cesionario pasará a entrar en el cálculo del valor unitario inicial de los nuevos derechos de pago básico que se le asignen. Si la cesión de derechos de pago único se realiza sin tierra, con carácter general, con dicha cesión, el cesionario no adquiere del cedente el derecho a recibir derechos de pago básico derivado de haber cobrado algún tipo de pago directo en 2013, por lo que la cesión, si el cesionario no cobró ayudas directas en 2013, sólo le servirá para cobrar en 2014 los derechos de pago único adquiridos y activados. En determinadas circunstancias excepcionales, cesiones de derechos sin tierras podrán asimilarse a cesiones de derechos con tierras, en particular, en el caso de explotaciones ganaderas que desarrollan su actividad sobre tierras arrendadas y que cesan en su actividad ganadera por completo, cediendo todos sus derechos de pago único. En cualquier caso, el cesionario debe cumplir el resto de requisitos para recibir derechos en 2015.

3. ¿Y las ventas o arrendamientos de tierras que se hagan después de cerrado el período de cesiones de 2014?

El 15 de mayo de 2014 concluye la PAC actual, a los efectos de poder ceder derechos de pago único. Las ventas o arrendamientos de explotaciones, totales o parciales, que se realizaron a partir del 16 de mayo de 2014, se regirán ya por las reglas de la nueva PAC, recogidas en el Reglamento (UE) 1307/2013 y en las disposiciones de aplicación de la Comisión, todavía en tramitación y por tanto susceptibles de sufrir variaciones. Según la información de la que se dispone en estos momentos, (verano 2014)  para que con la cesión se transfiera el derecho a recibir derechos en 2015, tanto vendedor como comprador o arrendador y arrendatario, deben cumplir con los requisitos de agricultor activo que se establezcan para la campaña 2015. Además, en el caso de que el cesionario (comprador o arrendatario) no hubiese percibido ningún pago directo en 2013, y no tuviese referencia de superficie admisible declarada ese año, es decir, no pudiera ser asignatario de derechos de pago básico por si mismo, podrá recibir del cedente (vendedor o arrendador) el derecho a recibir derechos de pago básico, si las partes lo acuerdan en el contrato y siempre que se cumplan el resto de los requisitos.

4. Si soy nuevo agricultor, ¿cómo puedo recibir derechos? ¿cómo puedo cumplir los requisitos de agricultor activo?

Un nuevo agricultor puede acceder a las ayudas de la PAC a partir de 2015 por varios cauces:

  1.  A través de la reserva nacional.
  2.  Por herencia. Mediante una compra o arrendamiento de tierras (o recuperación de un arrendamiento de tierras) con derechos de pago básico.
  3.  Mediante la compra de derechos de pago básico.

En todos los casos, la normativa nacional establecerá un período de tiempo suficiente para que el nuevo beneficiario pueda acreditar ingresos procedentes de la actividad agraria que ha iniciado. Asimismo, se establecerán requisitos para que la incorporación del nuevo agricultor sea verdadera y no responda, por ejemplo, a un fraccionamiento artificial de una explotación para maximizar la obtención de ayudas. Adicionalmente, todos los años se comprobará, además, que el solicitante está inscrito como titular de una explotación agrícola o ganadera activa en los registros de explotaciones correspondientes.

5. Tengo arrendadas mis tierras y mis derechos de pago único, ¿qué ocurrirá cuando concluya el arrendamiento, si concluye en 2015 o un año posterior?

En estas circunstancias, el arrendatario es quien viene solicitando las ayudas de la PAC, de manera que será quien pueda cumplir los requisitos indicados en la pregunta 1 y recibir por ello una asignación de derechos de pago básico en 2015. Una vez finalizado el arrendamiento, ocurrirá lo que hayan acordado las partes en el contrato de arrendamiento. Si las partes han acordado que, al término del contrato, el arrendatario debe devolver los derechos de pago básico generados a la parte arrendadora, ésta, siempre que cumpla el requisito de ser agricultor activo, podrá recuperar los derechos generados junto con las tierras y activarlos, o cederlos directamente a un nuevo arrendatario, que igualmente tendrá que cumplir la condición de agricultor activo.

6. Hasta ahora cobraba la PAC (pago único), pero las tierras las llevaba otra persona, a la cual no cobraba un canon de arrendamiento al considerar el importe de la PAC el precio del arrendamiento. ¿puedo continuar así?

Estos casos no suelen estar cubiertos por un contrato de arrendamiento propiamente dicho, con arreglo a la Ley de Arrendamientos Rústicos, sino que suelen ser acuerdos verbales o, en el mejor de los casos, contratos privados.

Para poder recibir derechos en 2015, el agricultor debe ser activo. En el supuesto de que sólo cobrara pagos directos del primer pilar de la PAC y no tuviera otro ingreso agrario, no podrá cumplir con la condición de activo. Como opción, puede retomar la actividad de su explotación en esta campaña y generar así ingresos para cumplir la condición de agricultor activo a partir de la misma. En este caso, la actividad deber ser reanudada a todos los efectos, en particular, haciéndose directamente responsable del riesgo empresarial derivado de la actividad agrícola o ganadera de su explotación y declarada en su solicitud. Si no desea asumir el riesgo empresarial derivado de la actividad agrícola o ganadera de su explotación, puede arrendar las tierras con los derechos en 2014. En este caso, los derechos de pago básico serán asignados al arrendatario en 2015, y una vez finalizado el arrendamiento, ocurrirá lo que hayan acordado las partes en el contrato de arrendamiento, tal y como se indica en la pregunta anterior.

7. Estoy jubilado, pero sigo manteniendo mi actividad agraria ¿podré recibir derechos en 2015?

El primer requisito que hay que cumplir para poder recibir derechos en 2015 es el requisito de agricultor activo, es decir, justificar que los ingresos procedentes de su actividad agraria distintos de las ayudas directas, representen más del 20 % de sus ingresos agrarios totales. En el caso concreto de los jubilados, además, éstos pueden complementar su pensión con los ingresos derivados de la actividad agraria, en los términos que establece la normativa de la Seguridad Social y, por tanto, beneficiarse de las ayudas de la PAC. Sin embargo, se establecen dos situaciones distintas, en función de la actividad ejercida por el jubilado en el ámbito agrario:

  a) La pensión de jubilación es compatible con la recepción íntegra de los ingresos procedentes de la actividad agraria cuando: 

Se realice el trabajo por cuenta propia y los ingresos anuales totales no superen el Salario Mínimo Interprofesional, en cómputo anual, que actualmente asciende a 9.034 euros/año, considerándose dichos ingresos como rendimiento neto. Los ingresos agrarios procedan del mantenimiento de la titularidad de la explotación agraria y del ejercicio de las funciones inherentes a dicha titularidad.

b) Si no se cumple el apartado a anterior, existe la vía de la llamada “jubilación activa” por la cual la pensión de jubilación es compatible, en una cuantía del 50%, con la realización de cualquier trabajo por cuenta propia o ajena, cuando se cumplen los siguientes requisitos:  El acceso a la pensión deberá haber tenido lugar una vez cumplida la edad que en cada caso resulte de aplicación, no siendo admisibles jubilaciones acogidas a bonificaciones o anticipaciones de la edad de jubilación que pudieran ser de aplicación al interesado.  El porcentaje aplicable a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión causada ha de alcanzar el 100%.

8. Hasta ahora vengo solicitando la PAC todos los años, pero sin tener derechos de pago único y sin recibir ningún pago directo, ¿podré recibir derechos en 2015?

Si con la solicitud de 2013 no cobró ningún tipo de ayuda directa (pago único o ayudas acopladas), no cumple uno de los tres requisitos para recibir derechos en 2015 indicados en la pregunta 1 y, por tanto, no podrá recibir una asignación de derechos de pago básico. En la pregunta 2 se indica en qué circunstancias una cesión de derechos de pago único realizada en 2014, puede permitir a un agricultor que no cobró ningún pago directo en 2013 recibir una asignación de derechos de pago básico en 2015. Otra opción es, ya a partir de 2015, adquirir derechos de pago básico a alguien que los tenga, debiendo, además, cumplir la condición de agricultor activo.

9. ¿Cuál será el año de referencia para comprobar los ingresos agrarios y saber si un agricultor es activo? ¿Se hará la comprobación todos los años?

Para la primera asignación de derechos, se empleará siempre el año fiscal disponible más reciente, que en el año 2015 será el correspondiente a 2014. Si en ese año fiscal no se cumpliesen los requisitos establecidos, se utilizarían los datos del año fiscal previo para cubrir la gran mayoría de las posibles situaciones que puedan darse. Esta comprobación se hará anualmente, utilizando siempre el año o años fiscales disponibles más recientes. En todo caso, se tendrán en cuenta posibles circunstancias excepcionales debidamente justificadas que puedan darse con arreglo a las cuales el beneficiario pueda acreditar que, durante más de dos años no ha obtenido ingresos procedentes de su actividad agraria distintos de las ayudas directas, que representen más del 20 % de sus ingresos agrarios totales. Además, como se ha mencionado en la pregunta 4, la condición de agricultor activo no estará vinculada solo a los ingresos agrarios, sino que todos los años se comprobará también que el solicitante esté inscrito como titular de una explotación agrícola o ganadera activa en los registros de explotaciones correspondientes.

10.Si soy un agricultor joven que me incorporo por primera vez a la actividad agraria, ¿cómo puedo acceder a las nuevas ayudas de la PAC?

Los jóvenes agricultores que se incorporen por primera vez a la actividad agraria podrán beneficiarse de las siguientes ayudas (siempre que cumplan con los requisitos): 

  • Podrán recibir una asignación de derechos de pago básico a través de la reserva nacional como grupo prioritario.
  • Podrán recibir un pago para jóvenes agricultores como complemento a cada uno de dichos derechos de pago básico por un periodo máximo de 5 años. 
  • Y además, si su comunidad autónoma así lo establece en su programa de desarrollo rural, podrá acceder a las ayudas a la primera instalación de agricultores jóvenes. Los requisitos que se exigirán para comprobar que se trata de una primera instalación de un agricultor joven, serán coherentes con los que se establezcan para recibir la ayuda a la primera instalación de agricultores jóvenes.

No obstante, no será necesario haber recibido esta última ayuda para poder acceder a la reserva nacional de derechos de pago básico y al complemento de pago que se dará cómo máximo por 5 años. Al igual que en el caso de nuevos agricultores, se comprobará que la incorporación del agricultor joven a la actividad agraria es real y que no se trata de una incorporación ficticia para acceder a los beneficios del agricultor joven.

Fuente: Fega

Nov 07

..Sobre las claves de la nueva PAC 2015

Pac 2015

Pac 2015

Aquí tenéis un resumen estupendo sobre las claves de la PAC 2015 y hasta el 2020, que han realizado la gente de Fedeprol de Córdoba.

Tipos de solicitud:
  • Pago Básico + Pago Acoplado + Pago verde + Pago Jóvenes Agricultores.
Conversión de los derechos de pago único DPU a los derechos de pago básico DPB.
  • Desaparecen los Derechos de Pago Único ( DPU) para convertirse en Derechos de Pago Básico (DPB).
  • Haber tenido derecho a recibir pagos directos en la solicitud de ayuda de 2013 con hectáreas admisibles determinadas.
  • Haber recibido el derechos mediante transmisión o por causa de fuerza mayor.
  • Haber recibido derechos de la Reserva Nacional 2014.
  • Solicitar a la Reserva Nacional 2015.
Se considerará Agricultor activo aquel que :
  • Al menos el 20% de los ingresos agrarios distintos de pagos directos (de la subvención). (proporción  20-80)
  • Estar Inscrito en el registro de explotaciones agrícolas.
  • Si se declaran pastos y se desea que le asignen derechos de pago básico (DPB) sobre ellos (o activar DPB con esa superficie) inscrito en REGA (registro de explotaciones ganaderas) en año de solicitud.
Actividad agraria mínima en cultivos permanentes:
  • Cultivo, aprovechamiento,
  • Labor de mantenimiento, laboreo, limpieza del terreno, podas, etc;  con la documentación justificativa de gastos y pagos.
Actividad agraria mínima en pastos:
  • Cultivo, aprovechamiento,
  • Labor de mantenimiento, laboreo, limpieza del terreno, podas, etc;  con la documentación justificativa de gastos y pagos.
Importe mínimo que debes percibir para poder cobrar de la PAC, (Exclusión de Ayudas):
  • Importe año 2015: < 100,00 €.
  • Importe año 2016: < 200,00 €
  • Importe año 2017 en adelante y hasta el 2019: < 300,00 €.

Por debajo de estas cantidades te quitan el derecho a cobrar, no cobras nada.

Regionalización:
  • Comarcas Agrarias
  • Cuatro tipos de de superficie:
    • cultivos de secano.
    • cultivos de regadío.
    • cultivos permanentes.
    • pastos.
Greening – “Pago Verde”:
  • Pago anual por hectárea admisible vinculada a DPB siempre que se respeten determinadas prácticas medioambientales en todas las hectáreas admisibles de la explotación que contemplan la diversificación atendiendo al número de cultivos y a la superficie empleada para ellos y a los porcentajes de cultivos incluidos en sistemas de interés ecológico.
Convergencia:
  • El importe de los DPB converge a la media de la Región o Comarca:

    cuadro de regionalizacion de la pac

    cuadro de regionalizacion de la pac

Reserva nacional: Podrán optar a la reserva nacional agricultores que:
  • Tengan Sentencia judicial o actos administrativos firmes.
  • Jóvenes agricultores que no tengan más de 40 años.
  • Agricultores que inicien su actividad agraria.
  • No hayan tenido acceso a la primera asignación de DPB por causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales. Mas información sobre adquisición de Derechos de la Reserva Nacional.
 Podrán optar al regimén de Jóvenes agricultores aquellos:
  • Menores de 40 años.
  • Expediente favorable de primera instalación o haberse instalado como agricultor profesional en explotación prioritaria.
  • Iniciada actividad en sectores incorporados al RPU hasta 2013 o incorporados al RPB.
  • Incorporados a la actividad agraria o dado de alta en S.S.
  • Instalación en el plazo de los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud a la RN.
  • No haber recibido derechos de la Reserva Nacional anteriormente.
  • Declarar la explotación en su solicitud única.
  • No haber ejercido la actividad agraria en las cinco campañas anteriores a la fecha de su primera instalación.
Régimen de Pequeños Agricultores con pagos directos en 2015, de igual o inferior cantidad a 1.250 €:
  • Su Inclusión  será de oficio en este régimen.
  • Salvo Renuncia expresa antes del 15/10/2015.
  • Si renuncia no puede volver a entrar.
  • Incompatible con la percepción de otra ayuda directa.
  • Mantener al menos el número de hectáreas admisibles correspondientes al número de DPB activados en 2015.

Bueno, esperamos que se hayan aclarado algo más lo que nos viene con la nueva PAC.

Fuente:Fedeprol Córdoba y todo el mundo de la agricultura.com

Abr 09

Charla sobre la Pac 2015.

Pac 2015

Pac 2015

Para hablar sobre la Pac 2015,  la organización Asaja, realizó una charla-coloquio el día 8 de Abril, en Salón de Actos de la Institución Ferial de Jaén IFEJA. Edificio Caja Rural. En esta participó Carlos Cabanas, director general de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Este es un resumen del acto.

Este vídeo viene a complementar la noticia que publicabamos el día 4 de Abril de este 2014, en el que hablamos sobre las ventajas de la reforma de la Pac 2015, según Cabanas, ¡claro!.

En nuestra opinión, un buen trabajo el que está haciendo esta organización por hacer llegar a todos,  la información y aclaraciones posibles sobre la aplicación de la nueva Pac 2015.

 Vídeo de la Charla Coloquio.

Programa del acto:
10.00: Recepción de los asistentes, presentación e inauguración de la jornada por parte del Presidente Provincial de Asaja Jaén, D. Nicolás Vico Roa.
· 10.30: Solicitud de Ayuda y Cesiones de derechos al Pago Único en 2014 y su influencia en la asignación de derechos de Pago Básico en 2015. Ponente: D. Cristóbal Gallego, Responsable de los Servicios Técnicos de Asaja Jaén
· 11.30: Reforma de la PAC 2015-2020 y su aplicación. Ponente: D. Carlos Cabanas, Director General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura.
· 12,30: Debate-Coloquio y turno de preguntas para los asistentes. Modera D. Luis Carlos Valero, Gerente de Asaja Jaén.
· 13.45: Clausura del acto a cargo de D. Juan Bautista Lillo, subdelegado del Gobierno de Jaén.