Oct 05

Abierto el plazo para contratar el seguro del olivar.

logo de agroseguro

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Desde el día 1 de Octubre ha quedado abierto el plazo para la contratación del seguro del olivar. Las modalidades abiertas son MODULO 1 y MODULO 2.

¿Qué riesgos y daños me cubre?

En producción, plantación e instalaciones cubre los daños en cantidad ocasionados por los riesgos de pedrisco, riesgos excepcionales (*) y resto de adversidades climáticas.

Además, en el caso del riesgo de pedrisco, cubre también los daños en calidad y pérdida de aptitud para el cultivo de aceituna de mesa.

¿Qué subvención tiene este seguro del olivar?

La subvención que concede el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de ENESA para este seguro puede llegar hasta: 

TIPO DE SUBVENCIÓN
% POR MÓDULOS

Módulos 1 2 P
Base 75 27 13
Por financiación Saeca 1 1
Contratación colectiva 6 6
Características asegurado 11 9
Renovación 5 5
Reducción riesgo y
condiciones productivas
2
TOTAL 75% 52% 34%

Novedades 2015:

La contratación de los módulos 1 y 2 será bienal, es decir, se garantizan dos cosechas consecutivas en la misma contratación (2016/2017 y 2017/2018), si bien la indemnización será anual.

Para contratar la modalidad de seguro bienal es necesario estar en la Base de Datos de Explotaciones Asegurables (excepto la explotaciones superintensivas).Los productores que deseen suscribir el seguro y no estén incluidos en la Base de Datos deberán efectuar una solicitud a Agroseguro. Para poder asegurar esta campaña, las solicitudes se deberán presentar hasta el 20 de octubre de 2015. Las que se presenten posteriormente se resolverán y podrán suscribir el seguro de la próxima campaña.

Para los módulos 1 y 2 se podrá contratar un seguro complementario en primavera de forma independiente para cada una de las dos cosechas, con coberturas frente a pedrisco y riesgos excepcionales.

Aseguramientos en Módulo 1 y 2.

MODULO_1 seguro del olivar

MODULO_1 seguro del olivar

MODULO_2 seguro del olivar

MODULO_2 seguro del olivar

El módulo P establece la posibilidad de una contratación de otoño que cubre(además de pedrisco y riesgos excepcionales) los daños por helada en madera.Esta modalidad también permite suscribir seguro complementario en primavera frente a pedrisco y riesgos excepcionales.

Se incluye la posibilidad de fraccionar el pago de la prima del seguro, en 4 veces para la modalidad bienal, y en 2 veces para la anual, cuando el coste a cargo del tomador sea de al menos 1.500 euros (con aval de SAECA). 

Se incrementa el precio de aseguramiento de todas las variedades de aceituna, de tal manera que, en caso de siniestro, la indemnización a percibir por el asegurado se adecúa al valor de mercado.

Se establece el 30 de noviembre como final del periodo de suscripción de los módulos 1, 2 y P de otoño.

Fuente: Agroseguro.es

(*) Fauna silvestre, incendio, inundación-lluvia torrencial, lluvia persistente y viento huracanado.

 

Oct 02

Incluidos en el régimen de pequeños agricultores

junta de andalucia

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La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), el anuncio de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados por el que se comunica la inclusión en el régimen de pequeños agricultores a los 114.215 perceptores de ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC) que reciben un montante inferior a 1.250 euros.

El nuevo modelo de pagos directos, que ha comenzado a aplicarse en 2015 tras la última reforma de la PAC, contempla:

  • Pagos desacoplados de la producción constituido por el régimen de pago básico.
  • Pago para prácticas beneficiosas para el clima y el medio ambiente.
  • Pago adicional a jóvenes agricultores.
  • Además, se ha establecido una serie de ayudas asociadas a la producción agrícola y ganadera.

Con el objetivo de preservar la agricultura a tiempo parcial y simplificar los trámites y costes administrativos, este nuevo sistema de pagos directos puede sustituirse por un régimen simplificado, denominado régimen de pequeños agricultores, siempre que el total de la cantidad total calculada para el productor sea menor a 1.250 euros. La inclusión en el citado régimen, que se realiza de oficio por parte de la Administración, resulta incompatible con la percepción de cualquier otro pago directo.

Los interesados pueden acceder al texto íntegro de la citada comunicación en el Servicio de Ayudas de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la provincia en la que se encuentre su domicilio o acceder a su contenido en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

Enlaces:

En el primero, de la Junta de Andalucía, tenéis más información, incluidos enlaces para el formulario / modelo  de renuncia al régimen de pequeño agricultor.

En el segundo, enlace directo al FEGA para la consulta sobre si estás incluido en dicho régimen.

Más información y formularios en referencia al régimen del pequeño agricultor.

Consulta  de derechos de pequeño agricultor

Los productores que no estén interesados en participar en el régimen de pequeños agricultores tiene de plazo hasta el día 14 de octubre para comunicarlo a la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, a través del modelo de renuncia que se adjunta como anexo II del citado anuncio. Igualmente, aquellos que quieran renunciar en campañas posteriores, podrán hacerlo durante el período de presentación de la solicitud única. Esta renuncia será irreversible, no pudiendo volver a acogerse al mismo posteriormente.

Características del régimen de pequeños agricultores

Los beneficiarios incluidos en el régimen de pequeños agricultores deberán:

  • Mantener un número mínimo de hectáreas admisibles igual al número de derechos asignados en el año 2015.
  • En sucesivas campañas para cobrar la anualidad correspondiente, la solicitud única consistirá simplemente en la presentación de una confirmación de su acuerdo de seguir perteneciendo a dicho régimen junto con una información mínima de cada parcela.
  • Es incompatible con cualquier otro pago directo y los derechos de los agricultores que participen en él no se podrán transferir a otro titular, salvo en caso de herencias, jubilaciones, programas de cese anticipado o de incapacidad laboral permanente

Las principales ventajas para estos agricultores:

  • Quedarán exentos de aplicar las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente.
  • No se les realizarán controles de condicionalidad.
  • No les serán de aplicación los requisitos para ser agricultor activo, salvo el de estar inscrito en el registro de explotaciones.

El pago percibido en 2015, calculado como el valor total de las ayudas directas que le corresponderían al agricultor en ese año en base a su solicitud, se mantendrá durante todo el periodo de participación en el régimen, sin que se le apliquen las normas de convergencia.

Instrucciones de acceso a consulta sobre inclusión en Régimen Pequeños Agricultores

Descargar (Instrucciones_acceso.pdf.pdf)

Fuente: Junta de Andalucía