Guía conduce 2015-2016 para transporte aceituna.

espuerta de rebusca de aceituna

Espuerta de rebusca de aceituna

La anterior publicación sobre  esta circular, en el Boletín oficial de la Provincia núm. 218, de fecha 11-11-2015 se informa que el Edicto núm. 7653 correspondiente al Ministerio de Hacienda y administraciones Públicas. Subdelegación del Gobierno en Jaén, se ha publicado sin incluir los Anexos que le correspondían; por lo que se procede a una nueva publicación íntegra y correcta del mismo. Esta que publicamos.

Como indica el boletín; Todo conductor o transportista de aceituna llevará consigo una autorización para el transporte de la misma, expedida por el titular de la explotación de donde proceda el fruto; dicha autorización debe de ir confeccionada de acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo I.

Los Puestos de Compra de aceituna habrán de pertenecer, necesariamente, a un Centro de compra vinculado a una almazara o a un operador en origen. Deberán estar inscritos en el Registro previsto en el Decreto 173/2001, de 24 de julio, así como cumplir las  obligaciones previstas en la Orden APA 2677/2005, de 8 de agosto, sobre Contabilidad y Declaraciones para el control en el sector del aceite de oliva y de las aceitunas de mesa (BOE 16/08/2005), conservando los documentos que recojan las partidas de recepción y salida , en que hayan registrado su contabilidad de existencias, así como todos los que justifiquen sus anotaciones y las declaraciones que hayan formulado, a disposición de la Agencia para el Aceite de Oliva, así como cumplir los requisitos que, para dichas actividades , establece la normativa vigente.
Estos Puestos de Compra deberán cumplir en su relación con las almazaras, los requisitos y obligaciones reguladas en la Orden APA antes mencionada.

Rebusca de aceituna

La citada rebusca sólo podrá efectuarse a partir del 1 de marzo de 2016. Tendrá lugar en las fincas y por las personas a las que los propietarios de las mismas hayan autorizado expresamente por escrito. La autorización debe contener los datos incluidos en el anexo II, y acompañarse de una fotocopia de la fotografía parcelaria de SIG-PAC 15.

Bop sobre Circulación y recepción de aceituna por los puestos de compra o almazaras, Guía conduce 2015-2016.

Descargar (BOP-guia-conduce-aceituna-2015-2016.pdf)

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