A falta de dos días para el comienzo de la declaración de la renta, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy (lunes 2 de abril), la Orden HFP 335/2018 del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se fijan los Índices de Rendimiento Neto (IRN) en la declaración del IRPF para estimación objetiva (módulos).
En dicha normativa se recogen las propuestas del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama) de minoración en la presión fiscal para agricultores y ganaderos afectados, entre otros motivos, por la sequía.
El régimen de estimación objetiva agraria (o de módulos) del IRPF es el mayoritario entre los agricultores y ganaderos de nuestro país, siendo el elegido por en torno a un millón de declarantes.
Las reducciones de módulos aprobadas en la Orden se traducen en una disminución proporcional de la base imponible derivada de los rendimientos de la actividad agraria, y por tanto, del resultado de la declaración del IRPF.
Según el Mapama, la mayor parte de estas minoraciones se establecen para dar respuesta a la sequía que afectó a grandes áreas de la Península Ibérica, reduciéndose el módulo de las producciones ganaderas extensivas para compensar la reducción de la disponibilidad de pastos.
La reducción de módulos también tiene en cuenta los efectos de la sequía sobre otros cultivos, con amplias rebajas en cítricos, olivar, uva, oleaginosas y forrajes en amplias zonas.
Esta reducción pasa a ser del 18 %, es el que debemos aplicar en la declaración de la renta de este año.
Los efectos de otras adversidades climáticas sobre los cultivos en 2017, como la ola de frío de enero, los episodios de calor extremo que se sucedieron en verano y los de precipitaciones intensas que puntualmente tuvieron lugar a lo largo del año, también se ven reflejados en la propuesta de reducción de módulos para aquellos municipios en que la adversidad en cuestión ha tenido incidencia.
A partir de la información fiscal y agraria disponible, se estima que el conjunto de todas estas reducciones de módulos puede implicar, con respecto a un año sin reducciones, una rebaja de la base imponible del orden de 580 millones de euros.
Electricidad para riego
Por otro lado, la Orden HAP/2222/2014, de 27 de noviembre, introdujo con carácter permanente un coeficiente corrector que pueden seguir aplicando los agricultores que utilicen electricidad para el riego sobre el rendimiento neto de los cultivos regados, y que supone una reducción de un 20% del mismo.
El Gobierno adoptó esta medida, junto con la exención parcial del 85% del Impuesto sobre la Electricidad para los regantes, con el objetivo de compensar el efecto sobre los regantes de la subida de las tarifas eléctricas del verano de 2013.
Estas medidas, según el Mapama, permiten dar cumplimiento al compromiso del Gobierno al equiparar al colectivo regante con el resto de los sectores económicos, en lo que se refiere a impacto de la subida de costes eléctricos.
Finalmente, destacar que la Orden HFP/1823/2016, de 25 de noviembre, por la que se desarrolla para el año 2017 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, establece en su Disposición adicional primera una reducción de un 5% del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para 2017.
Se trata de una medida extraordinaria de carácter horizontal que afecta a la totalidad de los agricultores y ganaderos que tributen en estimación objetiva.
Resaltado en amarillo veréis el porcentaje aplicado al olivar..
BOE rebaja fiscal IRPF olivar
Visto en agronegocios.es
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