Que el olivar de pendiente reciba ayudas acopladas es la propuesta del Consejo del Olivar de este lunes pasado.
En la reunión se presentó un informe técnico sobre la situación del olivar de pendiente no sólo en la provincia de Jaén, sino también en Andalucía y el resto de España, que demuestra la baja rentabilidad y las posibilidades de abandono que presenta este tipo de olivar.
Yo añadiría más, ya no la baja rentabilidad del olivar de pendiente, si no algo tan importante como lo es la mano de obra que genera el olivar de pendiente, unos 15 jornales por hectárea, lo que acentúa su carácter social en el medio rural, más aún en esta época de crisis, en la que lo que más se demanda es empleo, en las zonas de sierra como tiene Jaén, puede ser un balón de oxigeno para muchas familias que el olivar de pendiente se mantenga, este cultivo sin ayuda, tiene los dias contados.
Casi la quinta parte del olivar andaluz está localizado en zonas con una pendiente superior al 20%, lo que dificulta su mecanización y aumenta los costes de producción.
Para saber algo más del Consejo Andaluz del Olivar, os diré que está adscrito a la consejería competente en materia de agricultura, como órgano asesor en lo concerniente al mantenimiento y mejora del cultivo del olivar en Andalucía, el desarrollo sostenible de sus territorios y el fomento de la calidad y promoción de sus productos.
Prosigamos con el informe; ha sido realizado por la Comisión de Política Agraria Comunitaria de este Consejo en colaboración con la Universidad de Jaén y la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía. El estudio se remitirá al Ministerio ya que la reforma de la PAC contemplaba que hasta junio de 2016 se podría dar la vuelta a esta situación, a los cultivos que están incluidos en los pagos acoplados o asociados, entre los que actualmente no se encuentra el olivar.
En la propuesta se solicita la inclusión de una parte del olivar de pendiente en los pagos asociados, en concreto aquel que cumpla una serie de criterios, como que suponga un 80 % como mínimo de la explotación, tenga una producción menor a los 3.000 kilos por hectárea o una pendiente superior al por ciento.
- El que suponga un 80% como mínimo de la explotación
- Que tenga una producción menor a los 3.000 kilos por hectárea.
- O Una pendiente superior al 20%“.