Jul 10

¿Que es el ROPO?

productos-fitosanitarios

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El Ropo, (Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitaria), cuya creación contemplaba el Real Decreto sobre uso sostenible de los fitosanitarios, tiene como objetivo que las autoridades  de las Comunidades Autónomas tengan identificados a todos los agentes de la cadena de suministros de productos fitosanitarios que operen en su territorio, para poner en marcha los preceptivos programas de vigilancia de la comercialización de estos productos, contemplados en la normativa comunitaria y nacional.

Antes de que preguntéis.. Si, los titulares de las explotaciones agrarias también tenemos que estar inscritos.

La inscripción en el ROPO es un requisito obligatorio para ejercer las actividades de suministro, realización de tratamientos, asesoramiento y manipulación de productos fitosanitarios.

El ROPO sustituye al Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas (ROESP), en vigor hasta la publicación del actual Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, regula en su articulo 42 el funcionamiento y la estructura del Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitarios (ROPO).

Preguntas o dudas que tengáis:

  • ¿Un vendedor puede entregar un producto fitosanitario a un comprador sin carné de usuario profesional de productos fitosanitarios?

No, no se pueden entregar productos fitosanitarios a usuarios sin carné. En Andalucía este requisito es obligatorio desde el año 2007, año de publicación del Decreto 161/2007, de 5 de junio, por el que se establece la regulación de la expedición del carné para las actividades relacionadas con la utilización de productos fitosanitarios y biocidas. Este requisito es contemplado también el Real Decreto 1311/2012 en el artículo 21.

  • ¿Es necesario presentar el Libro Oficial de Movimientos de plaguicidas peligrosos (LOM) en las Delegaciones Territoriales los tres primeros meses del año?

No, El Real Decreto 1311/2012 ha derogado la Orden de 24 de febrero de 1993 por la que se establece la normativa reguladora del LOM. El Real Decreto establece una nueva obligación a partir de su entrada en vigor, el 15 de septiembre de 2012, consistente en que suministradores y aplicadores han de cumplimentar un registro de transacciones de productos fitosanitarios y un registro de las operaciones realizadas, respectivamente.

  • ¿El Registro de transacciones debe incluir los movimientos de los productos fitosanitarios que contemplaba el LOM?

El Registro debe incluir los movimientos de todo tipo de productos fitosanitarios y no sólo de los T y T+ que contemplaba el LOM.

  • ¿Debe presentarse en la Delegación Territorial el Registro de transacciones?

No hay obligación de presentar los registros en las Delegaciones Territoriales, en las visitas de inspección se solicitarán para su revisión.

  • ¿Todos los distribuidores han de disponer de un titulado universitario?

Si, los distribuidores de productos fitosanitarios deben disponer de un titulado universitario los establecimientos, tal como establece el artículo 22.2 del Real Decreto 1311/2012, el artículo 3.3 del Decreto161/2007 y el artículo 40 de la Ley de Sanidad Vegetal, excepto los establecimientos que comercialicen exclusivamente OMDF o OCB.

  • ¿Cuáles son las titulaciones requeridas para estar al frente de un establecimiento de venta de fitosanitarios?

Las titulaciones son Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Técnico Agrícola, Ingeniero de Montes, Ingeniero Técnico forestal, y aquellas otras titulaciones universitarias cuyos titulares puedan acreditar haber recibido formación equivalente a las que recoge el punto 1 del Anexo II del Real Decreto 1311/2012.

  • ¿Se pueden vender productos fitosanitarios de uso profesional junto con piensos o alimentos?

Este tipo de establecimientos se denominan establecimientos mixtos, sólo pueden vender productos fitosanitarios de uso profesional clasificados como nocivos siempre y cuando estén expuestos al público en estanterías o lugares independientes y se almacenen en otros locales separados por pared de obra de los lugares donde se almacenen piensos o alimentos.

  • ¿Los establecimientos mixtos han de estar inscritos en el ROPO?

Si, puesto que comercializan productos fitosanitarios de uso profesional.

  • ¿Cuáles son los productos fitosanitarios de uso no profesional?

Los productos fitosanitarios de uso no profesional son aquellos en los que en su etiqueta aparece la mención: producto fitosanitario de uso no profesional.

  • ¿Están sujetos los productos fitosanitarios de uso no profesional a alguna restricción en su envase, etc.?

Los productos fitosanitarios de uso no profesional no pueden exceder las siguientes capacidades:

a) un litro, cuando se trate de aerosoles u otros tipos de envases diseñados para aplicar directamente el producto fitosanitario ya diluido.
b) 500 gr o 500ml para cualquier otro tipo de preparado

  • ¿Los establecimientos que vendan productos fitosanitarios de uso no profesional han de estar inscritos en el ROPO?

No, en el ROPO solo han de estar inscritos aquellos operadores en cuyo ámbito de actividad se encuentren los productos fitosanitarios de uso profesional: operadores que sólo y exclusivamente comercialicen productos fitosanitarios de uso no profesional (los empleados en jardines domésticos, huertos familiares, etc., en los que su etiqueta especifique su uso no profesional).

  • ¿Una empresa de tratamientos que aplique productos fitosanitarios en otra Comunidad autónoma ha de inscribirse también en ella?

No, el ROPO tiene validez nacional, por tanto una vez que se ha inscrito para cualquiera de las actividades que abarca, las mismas se pueden ejercer en todo el territorio nacional

  • ¿Un agricultor que realice tratamientos a otros agricultores necesita inscribirse en el ROPO?

Sí, se trata de una prestación de servicios a terceros y ha de inscribirse en el ROPO en el sector de tratamientos fitosanitarios.

  • ¿Necesitan contar con un titulado universitario las empresa de tratamientos fitosanitarios?

No, el Real Decreto 1311/2012 no contempla esta obligación, como tampoco establece esta obligación para los fabricantes.

  • ¿Deben inscribirse en el ROPO los establecimientos que comercializan Otros medios de defensa fitosanitaria (OMDF)?

Si, el artículo 42 del Real Decreto 1311/2012 establece que el ámbito del ROPO abarca a los medios de defensa fitosanitaria definidos en el articulo 2m) de la ley de sanidad vegetal excepto los equipos y maquinaria de aplicación. Es decir, abarca a productos, organismos, dispositivos y elementos destinados a controlar los organismos nocivos, evitar sus efectos o incidir en el proceso vital de los vegetales de forma diferente a los nutrientes; donde se enmarcan los OMDF.

  • ¿Deben inscribirse el ROPO las instalaciones fijas de tratamientos de productos hortofrutícolas y de semillas?

Si, tal como establece el artículo 43.2b) del RD 1311/2012, en el sector de tratamientos fitosanitarios se encuentran incluidos tanto la prestación de servicios de aplicación como la aplicación de productos fitosanitarios, con carácter industrial y por cuenta propia, mediante equipos o instalaciones fijas.

  • ¿Un agricultor propietario de una finca, en la que se van a realizar tratamientos con personal auxiliar, puede comprar productos fitosanitarios para uso profesional sin estar inscrito en ROPO?

Sí, puede comprarlos con una autorización del aplicador que vaya a realizar un tratamiento, siempre que este posea carné de nivel cualificado.

  • ¿Cuáles son los requisitos para la inscripción en el ROPO de un establecimiento suministrador de productos fitosanitarios?

Aquellos operadores interesados en inscribirse en el ROPO deben presentar en la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente donde radiquen sus instalaciones o actividad, o realizar la presentación telemáticamente:
– Solicitud , al menos un mes antes del inicio de la actividad.
– Declaración Responsable, al menos un mes antes del inicio de la actividad..
– En establecimientos con almacén de productos fitosanitarios: abono de la correspondiente tasa para lo que se empleará el modelo 046 indicando como concepto de pago “Gestión técnico facultativa” con el código 0017.

  • ¿Con la aplicación del Real Decreto 1311/2012 el agricultor sigue obligado a realizar lo indicado en la Orden APA/216/2007, por la que se establece la obligación de los titulares de las explotaciones agrarias al registro del uso de los productos fitosaniarios con los modelos indicados?

El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, en su articulo 16.1, establece que cada explotación agraria deberá mantener actualizado un registro de tratamientos fitosanitarios denominado “cuaderno de explotación” en el que se anotarán todos los tratamientos fitosanitarios realizados.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha elaborado, de manera consensuada con las Comunidades Autonomas, un documento orientativo sobre los contenidos mínimos obligatorios que tiene que contener el cuaderno de explotación, tal y como establece el Real Decreto.

  • ¿Cuáles son las obligaciones de un asesor en Gestión Integrada de Plagas?

El asesoramiento se efectuará siguiendo los principios generales de Gestión Integrada de Plagas detallados en el Anexo I del Real Decreto 1311/2012: debe quedar reflejado documentalmente en el cuaderno de explotación, con los contenidos mínimos obligatorios que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha elaborado, de manera consensuada con las Comunidades Autonomas, tal y como establece el Real Decreto. El asesor, además, tendrá en cuenta, en su actividad de asesoramiento, las guías por cultivo o grupos de cultivos adoptadas según lo establecido en el Art.15 del Real Decreto 1311/2012.

  • ¿Dónde se pueden desechar los envases de los productos fitosanitarios?

Todos los envases de productos fitosanitarios, deberán depositarse en los puntos de recogida habilitados, SIGFITO, previo triple enjuague de los mismos.

  • ¿Dónde pueden consultarse las entidades acreditadas para impartir cursos de formación en plaguicidas?

La página web del IFAPA posee una consulta pública de las entidades acreditadas para impartir cursos de formación de plaguicidas: acceda a la consulta por provincia y municipio en CURSOS DE PLAGUICIDAS.

  • ¿Dónde puede consultarse la fecha límite de uso de productos fitosanitarios revocados por el MAGRAMA?

En la página web de la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía cualquier usuario puede consultar la fecha límite de uso de los productos fitosanitarios revocados: PRODUCTOS REVOCADOS.

  • ¿Qué tipo de carné debe poseer una persona contratada (personal auxiliar) que esté aplicando con pistolas de tratamiento?

Según especifica el art. 18 del Real Decreto 1311/2012, deben poseer el carné con nivel de capacitación básico (siempre que los productos empleados no sean -ni generen- gases tóxicos, muy tóxicos o mortales):

1.- Personal auxiliar de tratamientos terrestres y aéreos, incluyendo los no agrícolas.
2.- Personal auxiliar de la distribución que manipule productos fitosanitarios.
3.- Agricultores que los llevan acabo en la propia explotación sin emplear personal auxiliar.

  • ¿Un agricultor puede inscribirse en ROPO en cualquier sede de la Administración del territorio nacional?

En base al artículo 20 del Real Decreto, los interesados en solicitar el carne deberán hacerlo en la comunidad autónoma donde esté situado su domicilio legal, aunque será válido para todo el territorio nacional.

  • ¿La renovación del carné de manipulador de productos fitosanitarios exige la presentación de una nueva solicitud?

Para renovar el carné de uso profesional de productos fitosanitarios debe presentar la solicitud correspondiente con la documentación que se indica: CARNÉ USUARIO PROFESIONAL.

  • ¿La maquinaria de aplicación no profesional de productos fitosanitarios debe inscribirse en el ROMA?

La maquinaria que vaya a emplearse exclusivamente en ámbitos no agrarios no tiene que ser inscrita.

Consulta en este enlace al Ministerio de Agricultura si estás inscrito en el ropo.

Solicitudes de inscripción en el ropo:

Accede al apartado correspondiente para obtener la información sobre los requisitos de la inscripción en cada sector y la descarga de la solicitud:

1.- SECTOR SUMINISTRADOR

DISTRIBUIDORES (vendedores a usuarios profesionales en general)

FABRICANTES

LOGISTICA (incluyendo el transporte y el almacenamiento)

2.- SECTOR TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS

3.- SECTOR ASESORAMIENTO FITOSANITARIO EN GESTIÓN INTEGRADA DE PLAGAS

4.- SECTOR DE USO PROFESIONAL

Realizar el trámite online

Acceder al inicio de la inscripción

 Esto con relación al ROPO, en la próxima entrega hablaremos del ROMA, jeje.

Fuente: web Junta de Andalucía.

Jul 07

El agravio del olivar tradicional con el intensivo

Recolección aceituna en olivar tradicional

Recolección aceituna en olivar tradicional

Existe un agravio del olivar tradicional con relacion al olivar intensivo, así lo denuncia la Unión de Uniones, ha constatado que muchas explotaciones de zonas de la Cuenca mediterránea y del interior de la península, con olivos en secano o también en riego de apoyo, incluso con variedades locales y producciones de calidad, deben competir con explotaciones que reciben hasta diez veces más ayudas directas y que por lo tanto son rentables, haciendo que se reduzca al mínimo el precio del aceite.

Para la organización, no Andaluza, el nuevo régimen de pago base y resto de ayudas directas no promueve estas producciones más sostenibles medioambientalmente en aceite, que fijan población en las zonas rurales españolas, evitan el abandono de superficie agraria, e intenta preservar los valores de especificidad y calidad. Por eso, es necesario que el Ministerio replantee el apoyo al olivar tradicional en el marco de la nueva PAC, mediante el establecimiento de una ayuda conectada específica para el olivar tradicional.

También se ha remarcado la necesidad de potenciar el consumo del aceite propio en cada zona de producción, acompañándolo de divulgación y formación al consumidor final sobre las características organolépticas de los distintos tipos de aceite y sobre las variedades propias.

Vistos los datos de campaña aportados por la Agencia de Información y Control Alimentario (AICA, antigua Agencia para el Aceite de Oliva) se deduce que las 517.000 toneladas de aceite de existencias  a finales del pasado mes de mayo resultarán escasas para el enlace de campañas, ya que ese fue el volumen de existencias del mercado español a finales de septiembre de 2014. Por otro lado, las tendencias mundiales de mercado apuntan a un aumento continuado del consumo, contrariamente al discurso esgrimido por la comercialización y la distribución.

Por todo ello, desde La Unión esta campaña se exigirá al AICA el máximo rigor y esfuerzo en el control de prácticas contrarias a las normas de competencia como la venta a pérdidas, la comercialización de aceite de inferior calidad a la indicada en la etiqueta, etc.

 Los datos elaborados por la Asociación Española de Municipios del Olivo (AEMO) ponen de manifiesto la gran diferencia de costes de producción de los diferentes tipos de cultivo de olivo existentes en España, de los 3,06€/Kg de aceite en olivar tradicional no mecanizable a los 1,32€/Kg de aceite en olivar súper intensivo. En la siguiente tabla, realizada por: Estudio de AEMO; “Aproximación a los costes del cultivo del olivo”;  lo podemos ver claramente.

cuadro rentabilidad olivar tradicional

cuadro rentabilidad olivar tradicional

El precio Umbral del aceite es el valor que debería tener el aceite con un 20% de beneficio empresarial para el agricultor. Esta diferencia de costes junto al diferente nivel de ayuda entre estos tipos de cultivo, que puede ir de 2.000 a 3.000 €/ha en olivar intensivo o súper intensivo, a valores inferiores a 180 €/ha en olivar tradicional, sitúan al olivar tradicional a las puertas del abandono del cultivo.

Fuente: Uniondeuniones.org; Foto noticia:diariocordoba.com

Jul 03

El origen del olivo.

origen del olivo

origen del olivo

El momento histórico concreto del origen del olivo es algo que sigue siendo a de hoy incierto. El árbol del olivo es conocido desde la existencia del hombre, de la aparición de restos de hojas de olivo de gran antigüedad, por tanto, es una de especies arbóreas más antiguas que se conocen.
Existen varias teorías e hipótesis acerca de la zona de origen del olivo. Unas consideran que el olivo es originario de Siria e Irán; otras, del norte de Afganistán la última, más conciliadora, establece que proviene de ambas zonas.

Por tanto, ¿Dónde aparecieron los primeros olivos? Los indicios apuntan a que muy cerca del país que los asirios llamaron Urartu, por la zona de Anatolia Oriel y el altiplano Irónico, justo al sur del Caucásico, en un área rodeada por tres ma y cerrada a Occidente por Persia, al Oriente por Asia Menor, al Norte por el  Ararat y al sur por la frotera Sirio-Iraquí. Los restos de hojas fósiles encontradas el sur del archipiélago cicládico (entre la Grecia continental y el extremo suroccidental de Asia anterior) nos informan de que el antepasado del olivo ya se encontraba el Paleolítico unos 35.000 años a. C., por lo que podemos comprobar que este saga árbol acompaña al hombre desde el comienzo de su existencia. Además, existen vestigios relacionados con el olivo en los yacimientos encontrados en Italia. También se encontraron restos fosilizados en el norte de África que corresponde al Paleolítico Superior (12.000 años a. C) plena cultura del hombre de Cro-Magnon.
Los restos más antiguos encontrados en España son los de El Garcel (Almer y datan del Neolítico (5.000 años a. C).

No obstante, según Juan Eslava Galán en discurso inaugural en el I Congreso de Cultura del Olivo (Jaén, 2005) “…siglos antes de que los fenicios trajeran el olivo cultivado, los andaluces aprovechaban el aceite acebuche en sus ritos y, es posible, que también en su cocina. En la famosa cueva Nerja, en Málaga, se han encontrado huesos de acebuche de hace 10.000 años”.
En el Museo Arqueológico de Heraklion, en Creta, se conservan unos frescos más de 3.500 años de antigüedad que se pintaron en los muros del palacio de Cnosos, aunque la primera representación conocida acerca del olivo son las pinturas rupesi de Tassili (Argelia), en el norte de África, representando a hombres coronados ramas de olivo, realizadas entre el V y el VI milenio a. C.
Son muchas las utilidades que le dieron al aceite de oliva en la antigüedad asemejan mucho unas civilizaciones a otras, lo que deja claro su importancia aquella era. Por ejemplo, se conoce que hace más de 5.000 años se usaba el aceite la iluminación de palacios y templos.

Fuente: El sector internacional de elaboración de aceite de oliva: un estudio descriptivo de los distintos países productores.

Autores:

  • Juan Vilar
  • J. Rafael Cárdenas
  • Antonio Estévez

Foto:pampamotril.wordpress.com

Jun 30

De la Pac 2014-2020, esto lo tienes que saber.

Pac 2014-2020

Pac

De la Pac 2014-2020, esto lo tienes que saber, al menos lo más importante, son unos folletos que ha publicado la Junta de Andalucía para hacernos llegar la información necesaria a todos los agricultores.
Aunque sea un tema muy manido, nunca está de más, así que agradecemos a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural,que haya llevado a cabo esta campaña de difusión sobre los aspectos más destacables de la Reforma de la Política Agraria Común que afectarán a las planificaciones agrícolas en el período 2015 – 2020.
Dentro de esta campaña de divulgación se han distribuido una serie de folletos explicativos dirigidos al sector productor sobre ayudas directas; Asignación de derechos de pago básico; pago por practicas beneficiosas para el medio ambiente y el clima o pago verde (greening), y sobre los requisitos de las ayudas asociadas a determinados sectores con dificultades.

Como parte de esta difusión, dichos folletos se presentan en esta web en formato navegable y formato .pdf para dispositivos móviles. Así mismo, se incluyen el tríptico y los dípticos resumen y pósters publicitarios.

Tienen una presentación muy chula, insertado en Issuu. Fuente: Junta de Andalucia, Conserjería de Agricultura.

Jun 25

Crowdfunding para tu olivar

crowdfunding

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Ayer leí un artículo en el diariocordoba.com que me pareció muy interesante, de ahí este artículo sobre Crowdfunding para tu olivar. 

Esta palabreja muy usada por algunos partidos políticos para recaudar dinero, muy extendida en la cultura y en muchísimos proyectos de todo tipo, quizás también la podamos aplicar a nuestro olivar, a nuestra parcela.

El 70% de la superficie de olivar en Andalucía se cultiva de forma tradicional, en Jaén no digamos con la orografía que tenemos.  Los agricultores que trabajamos estas tierras, en muchas ocasiones, no podemos competir con los precios del aceite en el mercado. En este contexto, tres ingenieros agrónomos de la Universidad de Córdoba han lanzado una campaña de mecenazgo. Se llama Greenoliveoil y su finalidad es que el aceite de oliva virgen extra cueste lo que valga, según el responsable de la empresa, Francisco Jiménez. Para esto han creado una campaña de crowdfunding.

Como ocurre en este tipo de campañas a los donantes y con relación a las aportaciones económicas realizadas, yendo desde la aportación sin obtener nada a cambio, a si la aportación es mayor, entrar dentro del proyecto, recibir beneficio de algún tipo del proyecto a realizar.   En este proyecto de Córdoba las entregas de dinero pueden ir desde 10 hasta 150 euros. En el caso del  colaborador  de 150 euros, podrá apadrinar un olivo y ser el destinatario de la producción en cada campaña. Si yo hiciese una campaña de Crowdfunding para mi olivar, ya os anticipo que con la mitad de la aportación máxima de la que se habla, daría la producción de mi olivo, vamos con 70 euros, jejeje.

Teniendo en cuenta la tremenda reducción que están sufriendo las subvenciones del olivar, año tras año, y ya no hablemos de los que ha previstos para este año y hasta el 2020 con la convergencia, recortes radicales que en muchos casos será muy difícil la mantención del olivar, sobre todo en zona de sierra. Una salida para este drama puede ser hacer uso del mecenazgo, como se ha hecho a lo largo de la historia, personas con poderío económico que creen en un proyecto, en una forma de vida y apuestan económicamente por su mantenimiento.

No es ninguna tontería plantearse realizar Crowdfunding para tu olivar, y ha cambio, que obtenga la cosecha de ese olivo apadrinado, claro que esto sería un proyecto para analizar detenidamente, y obviamente realizando un plan estratégico analizando y explicando como se desarrollaría, habría muchos obstáculos por salvar, el primero las cooperativas y la forma que tienen de funcionar, pero no me negaréis que como idea, como posible ayuda al olivar de sierra, no resulta atrayente.

Esta alternativa a la venta y producción de aceite de oliva puede tener cabida en  la reflexión que hacíamos desde aquí mismo, cuando hablábamos de la posibilidad de que cada agricultor vendiese su propio aceite, publicado en Agosto de 2014, lo que parece claro es que necesitamos una “revolución tranquila” en el olivar, si no queremos, ser espectadores privilegiados de la desaparición del cultivo del olivar de sierra.

Jun 22

Sobre el millón de t. de aceite de oliva en la campaña 2015-2016

aforo de aceite de oliva

aforo de aceite de oliva

Los primeros cálculos para el año que viene, rondan el millón de toneladas de aceite de oliva. Aunque siempre hay que tener en cuenta las fechas en las que estamos y las variables que pueden entrar en juego, lluvías, calor, tormentas, etc, que pueden hacer varíar esta cantidad.

Hay varias organizaciones que hablan incluso de que podría llegar incluso 1,4 millones de t., permitedme que sea algo más pesimista, en mi opinión, el calor está haciendo mucho más daño de lo que parece, por lo que nos lleva a pensar que no habrá tanta cosecha como se anuncia en algunos medios.

Sea la cifra que sea (teniendo en cuenta en la orquilla en la que nos movemos), la próxima cosecha de aceite de oliva quedará lejos de la histórica campaña oleícola 2013/2014, que estableció el récord de producción nacional en los casi 1,8 millones de t., pero  mejor que la presente, en la que se han obtenido algo más de 833.000 toneladas.

Manuel Alfonso Torres, el presidente de los empresarios de la provincia de Jaén y responsable nacional de la Federación Española de Industriales Fabricantes de Aceite de Oliva,  aventura diferencias notables entre el olivar de secano y el de regadío, aunque cree que la cosecha “puede ser ligeramente superior a la calificada de media”.

Como decía anteriormente, mucho tiene que ayudar el clima en la época otoñal  para que aumente el rendimiento graso de la aceituna y, por consiguiente, la cantidad de aceite de oliva.

Independientemente de las impresiones que ahora se tenga, y vaticinios que se hagan, no será hasta el próximo mes de octubre, más o menos, cuando la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía realice su aforo, que suele ser el más acertado, claro que tambien es el más cercano a la recolección.

El delegado de la Consejería de Agricultura en Jaén, Sebastián Quirós, tambien es le la opinión de que habrá una cosecha media y por otro lado, aventura que el enlace de campaña, el aceite que queda entre una cosecha y otra, será mínimo, que ha habido una buena floración en el olivar, y que hay “déficit hídrico” por la prácticamente ausencia de lluvias en la primavera…..

y digo yo: tampoco hay que esforzarse mucho para llegar a esas conclusiones, viendo la cosecha pasada, deduces que habrá un enlace de mucha cantidad; que hubo buena floración, ya lo hemos visto; y que no ha llovido,  por lo que hay un deficit de agua, ………   jejeje. En fin. (supongo que no habrá sido su mejor día en cuestión de declaraciones.

Por otro lado, el presidente de la Denominación de Origen Protegida de Sierra Mágina, Rafael de la Cruz, entiende que la próxima cosecha “puede estar un poco por encima de las consideradas como media”, aunque puntualiza que la falta de lluvias ha podido tener consecuencias negativas en la merma de parte del fruto por un “cuaje irregular”, y pese a ello prevé que la provincia de Jaén, la principal productora mundial, puede llegar a una producción de 450.000 toneladas.

Mientras, el gerente de Cooperativas Agro-Alimentarias de Jaén, Antonio Guzmán, dice que no espera una gran cosecha, aunque “si el verano no es muy agresivo y llueve en otoño puede situarse en parámetros de media o ligeramente por encima porque el olivo está muy justo de jugo”.

El jefe de los servicios técnicos de ASAJA en Jaén y presidente del grupo Jaencoop, Cristóbal Gallego, coincide en señalar en la escasez de agua, en el cuaje “dispar y heterogéneo” que ha tenido el olivar con una “floración aceptable”, que ahora tendrá que ser refrendado con la evolución de la pluviometría y el desarrollo vegetativo del olivar, opinión que comparte el presidente del Mercado de Futuros del Aceite de Oliva (MFAO), Manuel León.

Conclusión: todos en la línea, si llueve y el tiempo acompaña, media cosecha…. ¡ya veremos!

Fuente:Canal sur noticias

Jun 20

Tienda online de D.O. Sierra de Segura

logo D.O. Sierra de Segura.

Logo D.O. Sierra de Segura.

El Consejo Regulador de la D. O. Sierra de Segura ha puesto en marcha una tienda online para vender aceite de oliva virgen extra con D.O. Sierra de Segura, en la que ya están operando siete almazaras y cooperativas de la comarca.

Esta iniciativa pretende aunar esfuerzos de las almazaras y cooperativas adscritas a la Denominación de Origen Sierra de Segura para poder competir en mejores condiciones. De hecho, la tienda online no tiene coste alguno para las almazaras, ya que es mantenida por el Consejo Regulador con el patrocinio Caja Rural de Jaén, y no tienen que pagar ningún tipo de comisión por las ventas. Esto supone también una importante ventaja para el usuario de esta web, que puede adquirir el aceite con DO “Sierra de Segura” al mismo precio que en la almazara, lo que le permite obtener la mejor relación calidad/precio del mercado.

El secretario de la DO “Sierra de Segura”, Francisco Moreno, sostiene que los aceites del Consejo Regulador presentan un gran potencial para la venta online. Por un lado, el aceite de oliva virgen extra es un producto no perecedero que soporta muy bien su transporte. “Además, al ser de la variedad picual es aún más resistente al enranciamiento, lo que permite al comprador on-line adquirir una mayor cantidad de producto que le dure un mayor tiempo y que abarate los costes de envío”. Esta tienda sólo comercializa aceites certificados por la Denominación de Origen “Sierra de Segura”, lo que supone toda una garantía de calidad para el consumidor y evita desconfianzas o experiencias negativas.

Por otra parte, la nueva tienda online permite elegir de forma ágil entre la diversidad de aceites que existe dentro de la Denominación de Origen: ecológicos, aceites premiados por la DO, recolección temprana, tapón irrellenable para hostelería…

Hasta el momento se han adherido a la iniciativa cinco cooperativas y dos almazaras inscritas en el Consejo Regulador: Ntra. Sra. De la Asunción y Potosí 10 de Orcera, Oleofer de la Puerta de Segura, Cooperativa Sierra de Génave de Génave, Olivar de Segura de Puente de Génave, Virgen del Campo de Torres de Albanchez y San Marcos de Beas de Segura, aunque el objetivo es que próximamente todas las entidades inscritas formen parte de la web.

Moreno pone de relieve la importancia de que la DO “Sierra de Segura” apueste de forma decidida por el comercio electrónico, ya que cuenta con un enorme potencial que el aceite de oliva virgen extra apenas ha comenzado a aprovechar. Actualmente, sólo el 1,2% de los usuarios que compran por Internet adquiere alimentos, muy por debajo de otros productos de consumo como los billetes de transporte (59.4%), reservas de alojamiento (51.6%) o ropa (49.6%). “Por ello, la capacidad de crecimiento es muy grande y es sólo cuestión de tiempo. Así lo indica una reciente encuesta de la Federación Española de Industrias de Alimentación y de Bebidas (FIAB), donde el 26% de los encuestados dice que el comercio on-line es el factor más importante que en el futuro va a marcar el comportamiento del consumidor. También señala que el crecimiento del comercio electrónico en alimentación depende fundamentalmente que la experiencia de compra on-line sea positiva”.

Por su parte, José Márquez, director comercial de Caja Rural de Jaén, se muestra muy satisfecho por poder colaborar en esta iniciativa planteada por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen ‘Sierra de Segura’. “Nuestra entidad siempre está dispuesta a colaborar con el sector más importante que existe en la provincia de Jaén, el del aceite de oliva. Por ello, hemos ayudado al desarrollo de esta web y les hemos instalado un TPV virtual a las almazaras y cooperativas que van a vender aceite de oliva a través de esta tienda online”, manifiesta. Márquez apuesta por este tipo de iniciativas, que son necesarias para mejorar la comercialización y promocionar el “producto estrella” de la provincia de Jaén.

Acceso a la tienda online de la Denominación

Fuente: D.O. Sierra de Segura

Jun 17

Abierto plazo de ayudas a jóvenes agricultores

junta de andalucia

Logo junta de andalucia

Abierto el plazo de ayudas a la creación de empresas a jóvenes agricultores según se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA); Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores y efectúa su convocatoria para 2015.

Dicha Orden, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía (PDR) 2014-2020, contempla un presupuesto de 20 millones de euros para la convocatoria de 2015; una cantidad que puede ampliarse en caso de que fuese necesario para atender a los jóvenes interesados que cumplan los requisitos. El nuevo PDR contempla un presupuesto de 130 millones de euros, que podrá ser reprogramable, para las ayudas a jóvenes agricultores para el marco 2014-2020.

La novedad más significativa que recoge la convocatoria respecto a años anteriores es la propia naturaleza del incentivo, que pasa de ser una ayuda a la inversión a una prima, conforme a lo establecido en el nuevo Marco Nacional. Además, el proceso de instalación tiene que haber comenzado con anterioridad a la solicitud de la ayuda.

En este sentido, se considerará que la persona interesada ha iniciado el proceso de instalación cuando, durante los 12 meses anteriores a la solicitud, haya realizado al menos una de las siete actuaciones recogidas en el listado de requisitos. Así se pide que los jóvenes hayan formalizado los precontratos, contratos de opción de compra o contrato para el acceso a la titularidad de una explotación agraria es una de ellas, o que hayan iniciado o recibido la formación necesaria o haber presentado un Plan Empresarial conforme a lo establecido en el artículo 19.4 del Reglamento 1305/2013.

Otras opciones para tener derecho a la ayuda son haberse inscrito en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, así como en la Seguridad Social, en el régimen especial de trabajadores autónomos correspondiente a la actividad agraria que vaya a desarrollar. También se consideran otras actuaciones como haberse integrado en una explotación asociativa de alguna de las formas jurídicas incluidas en el artículo 6 de la Ley 19/1995, de 4 de julio o, finalmente, haberse asociado a una Sociedad Cooperativa Agraria o Sociedad Agraria de Transformación.

El plazo para solicitar estas ayudas será de tres meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA. Los interesados en percibirlas deben tener más de 18 años y menos de 41 años de edad a fecha de solicitud.

Estos incentivos, cuya cuantía oscilará entre 30.000 euros de base por instalación a 70.000 euros en función de la creación o mantenimiento de empleo y la dimensión del plan empresarial, están financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía.

Está previsto que, una vez publicada la Orden en BOJA, se inicie un proceso de formación de las Organizaciones Profesionales Agrarias (OPAs) y Oficinas Comarcales Agrarias (OCAs) sobre dicha Orden y se celebrarán actos informativos con jóvenes de las ocho provincias andaluzas.

Podéis ampliar toda la información así como la solicitud y el proceso, etc en el apartado de ayudas a la creación de empresas a jóvenes agricultores de la Junta de Andalucía

Fuente:Junta de Andalucía